Embarcación nacional:
Personas
física:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el propietario, apoderado o capitán. Cuando se trate del capitán o
apoderado debe presentar el documento legal correspondiente que lo
acredite como tal.
2.
Presentar una copia de la cédula de identidad, de
residencia o pasaporte, vigente, con su original para ser constada su
autenticidad.
3.
Mantener la embarcación inscrita en el Registro Nacional
de Buques. *
4.
Presentar copia del certificado de navegabilidad vigente,
junto con su original para que se constate su autenticidad.
5.
Mantener vigente el carné de pesca, del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Personas
jurídica:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el representante legal o el capitán. Cuando se trate del capitán debe
presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia certificada de la cédula de identidad, de
residencia o pasaporte del representante legal o del capitán vigente,
junto con su original para que se constate su autenticidad.
3.
Encontrarse debidamente inscrita en el Registro Público,
tanto la empresa como el representante legal.
4.
Mantener la embarcación inscrita en el Registro Nacional
de Buques. *
5.
Presentar copia certificado de navegabilidad vigente,
junto con su original para ser constatada su autenticidad.
6.
Mantener vigente el carné de pesca, del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
7.
Pagar la tarifa por el servicio.
Embarcación extranjera
Personas
física:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el propietario o el capitán. Cuando se trate del capitán debe
presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia de la cédula de identidad, de residencia
o pasaporte, junto con el original para ser constatada su
autenticidad, del propietario o del capitán
3.
Presentar copia del certificado de importación temporal
emitido por el Servicio Nacional de Aduanas del MH, con su original
para ser constatada su autenticidad.
4.
Mantener vigente el permiso de permanencia de la
embarcación en aguas nacionales emitido por el MOPT.
5.
Mantener vigente el carné de pesca del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Personas
jurídicas:
1.
Presentar el formulario de solicitud, lleno y firmado por
el representante legal o el capitán. Cuando se trate del capitán,
deberá presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia de la cédula de identidad, pasaporte o
residencia del representante legal o del capitán según corresponda,
junto con su original para ser constatada su autenticidad.
3.
Presentar copia del certificado de importación temporal
emitido por el Servicio Nacional de Aduanas del MH, junto con su
original para ser constatada su autenticidad.
4.
Mantener vigente el permiso de permanencia de la
embarcación en aguas nacionales emitido por el MOPT.
5.
Tener vigente el carné de pesca del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Descargar
el formulario aquí
* Estos requisitos son consultados de manera digital por
el Incopesca con otras instituciones, de no estar disponibles al
momento de realizar el trámite, el usuario debe de aportarlos.
De conformidad con el decreto No. 37045- MP-MEIC,
denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, el plazo máximo de
resolución para nuestros trámites es de diez días hábiles. Para más
información puede visitar el sitio:
https://tramitescr.meic.go.cr/
Embarcación nacional:
Personas
física:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el propietario, apoderado o capitán. Cuando se trate del capitán o
apoderado debe presentar el documento legal correspondiente que lo
acredite como tal.
2.
Presentar una copia de la cédula de identidad, de
residencia o pasaporte, vigente, con su original para ser constada su
autenticidad.
3.
Mantener la embarcación inscrita en el Registro Nacional
de Buques. *
4.
Presentar copia del certificado de navegabilidad vigente,
junto con su original para que se constate su autenticidad.
5.
Mantener vigente el carné de pesca, del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Personas
jurídica:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el representante legal o el capitán. Cuando se trate del capitán debe
presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia certificada de la cédula de identidad, de
residencia o pasaporte del representante legal o del capitán vigente,
junto con su original para que se constate su autenticidad.
3.
Encontrarse debidamente inscrita en el Registro Público,
tanto la empresa como el representante legal.
4.
Mantener la embarcación inscrita en el Registro Nacional
de Buques. *
5.
Presentar copia certificado de navegabilidad vigente,
junto con su original para ser constatada su autenticidad.
6.
Mantener vigente el carné de pesca, del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
7.
Pagar la tarifa por el servicio.
Embarcación extranjera
Personas
física:
1.
Presentar el formulario de solicitud lleno y firmado por
el propietario o el capitán. Cuando se trate del capitán debe
presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia de la cédula de identidad, de residencia
o pasaporte, junto con el original para ser constatada su
autenticidad, del propietario o del capitán
3.
Presentar copia del certificado de importación temporal
emitido por el Servicio Nacional de Aduanas del MH, con su original
para ser constatada su autenticidad.
4.
Mantener vigente el permiso de permanencia de la
embarcación en aguas nacionales emitido por el MOPT.
5.
Mantener vigente el carné de pesca del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Personas
jurídicas:
1.
Presentar el formulario de solicitud, lleno y firmado por
el representante legal o el capitán. Cuando se trate del capitán,
deberá presentar el documento legal que lo acredite como tal.
2.
Presentar copia de la cédula de identidad, pasaporte o
residencia del representante legal o del capitán según corresponda,
junto con su original para ser constatada su autenticidad.
3.
Presentar copia del certificado de importación temporal
emitido por el Servicio Nacional de Aduanas del MH, junto con su
original para ser constatada su autenticidad.
4.
Mantener vigente el permiso de permanencia de la
embarcación en aguas nacionales emitido por el MOPT.
5.
Tener vigente el carné de pesca del propietario o el
capitán y de los tripulantes.
6.
Pagar la tarifa por el servicio.
Descargar el formulario aquí
* Estos requisitos son consultados de manera digital por
el Incopesca con otras instituciones, de no estar disponibles al
momento de realizar el trámite, el usuario debe de aportarlos.
De conformidad con el decreto No. 37045- MP-MEIC,
denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, el plazo máximo de
resolución para nuestros trámites es de diez días hábiles. Para más
información puede visitar el sitio:
https://tramitescr.meic.go.cr/
1.
Presentar solicitud llena y firmada por el interesado.
2.
Encontrarse al día con sus obligaciones con el INCOPESCA.
3.
Poseer licencia de pesca vigente.
4.
Presentar documentación relacionada con la justificación
de la inactividad.
Descargar
el formulario aquí
De conformidad con el decreto No. 37045- MP-MEIC,
denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, el plazo máximo de
resolución para nuestros trámites es de diez días hábiles. Para más
información puede visitar el sitio:
https://tramitescr.meic.go.cr/
1.
Presentar solicitud por parte del interesado.
2.
Pagar la tarifa por el servicio.
1.
Presentar solicitud llena y firmada por el interesado.
2.
Presentar cédula de identidad o de residencia vigente del
propietario o representante legal.
3.
Presentar certificación del Registro de la Propiedad
donde se encuentre el nuevo motor inscrito. *
4.
Presentar certificado de navegabilidad vigente con el
nuevo motor.
5.
Pagar la tarifa por el servicio.
Descargar
el formulario aquí
* Estos requisitos son consultados de manera digital por
el Incopesca con otras instituciones, de no estar disponibles al
momento de realizar el trámite, el usuario debe de aportarlos.
De conformidad con el decreto No. 37045- MP-MEIC,
denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, el plazo máximo de
resolución para nuestros trámites es de diez días hábiles. Para más
información puede visitar el sitio:
https://tramitescr.meic.go.cr/
Autorización de sustitución de embarcación por:
importación, por construcción, adquisición o ampliación.
Por adquisición:
1.
Presentar solicitud llena y firmada por el interesado.
2.
Presentar cédula de identidad o de residencia vigente del
propietario o representante legal.
3.
Presentar un oficio donde especifique las razones por las
que requiere la sustitución y el destino que se dará a la embarcación
a sustituir. Para embarcaciones artesanales en pequeña escala que
sobrepasen los ocho metros de eslora y tres millas de autonomía,
deberá indicar expresamente que acepta que el INCOPESCA, le autorice
zonas de pesca diferentes a las que aparecen en la licencia, de
manera que se verá imposibilitado de pescar en la zona costera.
4.
Aportar copia de la opción de compra-venta de la
embarcación o del motor que va a adquirir, junto con el original para
constatar su autenticidad.
5.
Pagar la tarifa por el servicio.
Por construcción:
1.
Presentar el formulario de solicitud llena y firmada por
el permisionario o el representante legal, en caso de personas
jurídicas, donde se indique las características de la embarcación a
sustituir y de la sustituta, la cual está disponible en la Página Web
de INCOPESCA.
2.
Presentar copia de la cedula de identidad o cedula de
residencia vigente del solicitante, junto con el original para
constatar su autenticidad.
3.
Presentar oficio donde especifique las razones por las
que requiere la sustitución y el destino que dará a la embarcación a
sustituir. Para embarcaciones artesanales en pequeña escala que
sobrepasen los ocho metros de eslora y tres millas de autonomía deberá
indicar que acepta que el INCOPESCA le autorice zonas de pesca
diferentes a las que aparecen en la licencia, de manera que se verá
imposibilitado de pescar en la zona costera.
4.
Presentar copia del plano de construcción, autorizado por
el MOPT, para embarcaciones de la flota artesanal media, artesanal
avanzada, industrial y semi-industrial y
una copia del croquis de la embarcación para embarcaciones de la
flota artesanal pequeña escala, junto con sus originales para
constatar su autenticidad.
5.
Presentar copia del contrato de construcción entre el
interesado y la persona física o jurídica que le construirá la
embarcación, junto con su original para constatar su autenticidad.
6.
Presentar el recibo de cancelación del canon respectivo.
Por importación:
1.
Presentar el formulario de solicitud llena y firmada por
el permisionario o el representante legal, en caso de personas
jurídicas, donde se indique las características y dimensiones de la
embarcación a sustituir y de la sustituta. También se indicará el
origen de la embarcación sustituta, el material del casco y la
potencia del motor, la cual se encuentra disponible en la Página Web
de INCOPESCA.
2.
Presentar copia de la cedula de identidad o cedula de
residencia vigente del solicitante, junto con el original para ser
constatada su autenticidad.
3.
Presentar oficio donde especifique las razones por las
que requiere la importación y el destino que dará a la embarcación a
sustituir.
4.
Presentar el comprobante de la publicación de un edicto
en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación
nacional, para verificar que no haya oposición a dicha importación.
5.
Presentar copia del recibo de cancelación del canon
respectivo.
Descargar
el formulario aquí
De conformidad con el decreto No. 37045- MP-MEIC,
denominado Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso
de Requisitos y Trámites Administrativos, el plazo máximo de
resolución para nuestros trámites es de diez días hábiles. Para más
información puede visitar el sitio:
https://tramitescr.meic.go.cr/