Junta Directiva
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
creación INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de Pesca y
Acuicultura
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Objetivo
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Órgano Colegiado superior
de la institución, cuyo fin es dirigir y establecer las políticas
institucionales para el cumplimiento de las leyes que rigen la materia
pesquera y acuícola del país.
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Funciones
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Las establecidas en el
artículo 17 de la Ley N°7384:
- Ejercer las atribuciones
que la presente Ley le confiere.
- Dirigir, dentro de las
normas y principios de esta Ley, la política pesquera, de acuicultura,
económica y social del Instituto y determinar su organización
administrativa.
- Velar por el cumplimiento
de los fines del Instituto.
-Aprobar, modificar o
improbar los presupuestos ordinarios y extraordinarios del Instituto, de
conformidad con la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República.
- Aprobar la memoria anual
y los estados financieros de la Institución.
- Resolver los asuntos que,
para su estudio, le sean sometidos por el Presidente Ejecutivo,
directores y auditor.
- Conocer en alzada de los
recursos presentados contra las decisiones del Presidente Ejecutivo o de
la Auditoría.
- Dictar, reformar e
interpretar los reglamentos internos del Instituto, los cuales, para su
eficacia, deberán publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.
- Crear las direcciones
técnicas y los departamentos que considere necesarios para el desempeño
eficiente del Instituto.
- Regular los márgenes de
utilidad para las empresas comercializadoras y exportadoras, para lo cual
tomará en consideración el dictamen de la Comisión de Mercadeo.
- Autorizar la adquisición,
el gravamen o la enajenación de bienes y resolver las licitaciones, con
el visto bueno de la Contraloría General de la República.
- Establecer los montos por
cobrar por la venta de bienes y servicios que preste y genere el
Instituto.
- Nombrar de su seno al
vicepresidente en la primera sesión.
- Elaborar los proyectos de
ley que se estime necesarios para lograr mejor y con mayor rapidez, los
objetivos establecidos en esta Ley.
- Incoar las acciones
judiciales correspondientes, en defensa de los derechos del Instituto.
Transigir o someter a arbitraje los litigios que tenga y otorgar los
poderes judiciales y extrajudiciales indispensables para la debida
atención de sus negocios.
- Ejercer las funciones a
las que se refieren ésta y cualesquiera otras leyes que le correspondan,
de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables.
- Vigilar porque se
apliquen las políticas y la legislación que garanticen la sostenibilidad
y el aprovechamiento racional de los recursos marinos y de acuicultura.
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Presidencia Ejecutiva
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley creación
INCOPESCA
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Objetivo
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Orientar el quehacer de la
institución, en concordancia con las políticas generales definidas en los
planes nacionales, regionales e institucionales, en beneficio del sector
pesquero y acuícola.
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Funciones
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De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 7384, son las siguientes:
- Firmar los permisos de
pesca y las concesiones para el desarrollo de la acuacultura.
- Hacer que se cumplan las
leyes, los reglamentos y las resoluciones de la Junta Directiva.
- Informar a la Junta
Directiva de los asuntos de interés para la Institución y proponer los
acuerdos que considere convenientes, dirigir los debates y tomar las
votaciones.
- Ejercer las funciones
inherentes a su condición de administrador general y jefe superior del
Instituto, organizar todas sus dependencias y velar por su cabal
funcionamiento.
- Suministrar a la Junta
Directiva, la información regular, exacta y completa, necesaria para
asegurar el buen gobierno y la dirección superior del Instituto.
- Proponer a la Junta Directiva,
las normas generales de la política pesquera y de la acuicultura y cuando
éstas hayan sido acordadas, velar por su cumplimiento.
- Presentar a la Junta
Directiva el proyecto de presupuesto anual del Instituto y las
modificaciones respectivas y una vez aprobado vigilar su correcta
aplicación.
- Proponer a la Junta
Directiva la creación de las plazas y servicios necesarios para el debido
funcionamiento del Instituto.
- Nombrar y remover a los
funcionarios y empleados del Instituto, de conformidad con los
reglamentos respectivos. Los administradores regionales, que sean
funcionarios del Instituto, cualquiera que sea el título de su cargo,
dependerán del Presidente Ejecutivo para los efectos de este inciso. No
obstante, para el nombramiento y la remoción del personal de la
Auditoría, se requerirá de la aceptación del Auditor.
- Atender las relaciones
del Instituto con los personeros del Gobierno, con sus dependencias e
instituciones y demás entidades nacionales o extranjeras.
- Ejercer las demás funciones
y facultades que le asigne la propia Junta Directiva, o las que le
corresponden de conformidad con la ley, los reglamentos del Instituto y
las demás disposiciones pertinentes.
- Implementar
procedimientos para analizar el pulso informativo de los medios de
comunicación masiva (radio, prensa escrita, internet y televisión.
- Coordinar comunicados de
prensa y boletines informativos sobre acciones y actividades relacionadas
con el Sector Pesquero y Acuícola, para divulgación interna y externa
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Auditoría Interna
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Marco Normativo
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Ley N°7384, Ley creación
INCOPESCA
Ley N°8292, Ley General de
Control Interno
Ley Contraloría General de
la República
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Objetivo
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Proporcionar a la
ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la
del resto de la administración se ejecuta conforme al marco legal y
técnico y a las prácticas sanas.
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Funciones
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Según lo establecido en el
artículo 22 de la Ley Nº8292 “Ley General de Control Interno” la
Auditoría Interna tendrá las siguientes competencias:
- Realizar auditorías o
estudios especiales semestralmente, en relación con los fondos públicos
sujetos a su competencia institucional, incluidos fideicomisos, fondos
especiales y otros de naturaleza similar. Asimismo, efectuar
semestralmente Auditorías o estudios especiales sobre fondos y
actividades privadas, de acuerdo con los artículos 5 y 6 de la Ley
Orgánica de la Contraloría General de la República, en el tanto estos se originen en transferencias
efectuadas por componentes de su competencia institucional.
- Verificar el
cumplimiento, la validez y la suficiencia del sistema de control interno
de su competencia institucional, informar de ello y proponer las medidas
correctivas que sean pertinentes.
- Verificar que la
administración activa tome las medidas de control interno señaladas en
esta Ley, en los casos de desconcentración de competencias, o bien la
contratación de servicios de apoyo con terceros; asimismo, examinar
regularmente la operación efectiva de los controles críticos, en esas
unidades desconcentradas o en la prestación de tales servicios.
- Asesorar, en materia de
su competencia, al jerarca del cual depende; además, advertir a los
órganos pasivos que fiscaliza sobre las posibles consecuencias de
determinadas conductas o decisiones, cuando sean de su conocimiento.
- Autorizar, mediante razón
de apertura, los libros de contabilidad y de actas que deban llevar los
órganos sujetos a su competencia institucional y otros libros que, a
criterio del Auditor Interno, sean necesarios para el fortalecimiento del
sistema de control interno.
- Preparar los planes de
trabajo, por lo menos de conformidad con los lineamientos que establece
la Contraloría General de la República.
- Elaborar un informe anual
de la ejecución del plan de trabajo y del estado de las recomendaciones
de la Auditoría Interna, de la Contraloría General de la República y de
los despachos de contadores públicos; en los últimos dos casos, cuando
sean de su conocimiento, sin perjuicio de que se elaboren informes y se
presenten al jerarca cuando las circunstancias lo ameriten.
- Mantener debidamente
actualizado el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Auditoría Interna.
- Las demás competencias
que contemplen la normativa legal, reglamentaria y técnica aplicable, con
las limitaciones que establece el artículo 34 de esta Ley.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Normativa Auditoría Interna
Región de Tabs
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Reglamentos
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Manuales
y Procedimientos
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Contraloría de Servicios
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Marco Normativo
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Ley N°9158, Ley Reguladora
del Sistema Nacional de Contralorías de Servicios
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Objetivo
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Asesorar, canalizar y
mediar en los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas
usuarias de los servicios que brinda la institución. También apoyar,
complementar, guiar y asesorar al jerarca, de forma tal que se incremente
la efectividad en el logro de los objetivos organizacionales, así como la
calidad en los servicios prestados.
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Funciones
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Según lo establecido en el
artículo 14 de la Ley Nº 9158, son funciones de las contralorías de
servicios las siguientes:
- Impulsar y verificar el
cumplimiento de la efectividad de los mecanismos y procedimientos de
comunicación a las personas usuarias, de manera tal que les permita
contar con información actualizada en relación con los servicios que
ofrece la organización respectiva, sus procedimientos y los modos de
acceso.
- Velar por el cumplimiento
de las directrices y los lineamientos de política pública emitidos acorde
con la presente ley, en materia de mejoramiento continuo e innovación de
los servicios. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que se
desarrollen y respondan a las necesidades específicas de la organización
a la cual pertenece.
- Presentar al jerarca de
la organización un plan anual de trabajo que sirva de base para evaluar
el informe anual de labores.
- Presentar a la Secretaría
Técnica un informe anual de labores elaborado acorde con la guía
metodológica propuesta por MIDEPLAN, el cual deberá tener el aval del
jerarca de la organización.
- Elaborar y proponer al
jerarca los procedimientos y requisitos de recepción, tramitación,
resolución y seguimiento de las gestiones, entendidas como toda
inconformidad, reclamo, consulta, denuncia, sugerencia o felicitación
respecto de la forma o el contenido con el que se brinda un servicio,
presentadas por las personas usuarias ante la contraloría de servicios,
respecto de los servicios que brinda la organización.
- Atender, de manera
oportuna y efectiva, las gestiones que presenten las personas usuarias
ante la contraloría de servicios sobre los servicios que brinda la
organización, con el fin de procurar la solución y orientación de las
gestiones que planteen, a las cuales deberá dar respuesta dentro de los
plazos establecidos en la presente ley y en la normativa vigente.
- Vigilar el cumplimiento
del derecho que asiste a las personas usuarias de recibir respuesta
pronta a gestiones referidas a servicios, presentadas ante las
organizaciones que los brindan, todo dentro de los plazos establecidos en
la ley o en los reglamentos internos aplicables.
- Evaluar, en las
organizaciones que brindan servicios, la prestación de los servicios de
apoyo y las ayudas técnicas requeridos por las personas con discapacidad,
en cumplimiento de la legislación vigente en la materia.
- Promover, ante el jerarca
o ante las unidades administrativas, mejoras en los trámites y
procedimientos del servicio que se brinda, en coordinación con el área de
planificación y el oficial de simplificación de trámites.
- Emitir y dar seguimiento
a las recomendaciones dirigidas a la administración activa respecto de
los servicios que brinda la organización con el fin de mejorar su
prestación, en búsqueda del mejoramiento continuo e innovación y de
cumplimiento de las expectativas de las personas usuarias.
- Mantener un registro
actualizado sobre la naturaleza y la frecuencia de las gestiones
presentadas ante la contraloría de servicios, así como de las
recomendaciones y las acciones organizacionales acatadas para resolver el
caso y su cumplimiento o incumplimiento.
Informar al jerarca de la
organización cuando las recomendaciones realizadas por la contraloría de
servicios hayan sido ignoradas y, por ende, las situaciones que provocan
inconformidades en las personas usuarias permanezcan sin solución.
- Elaborar y aplicar, al
menos una vez al año, instrumentos que permitan medir la percepción para
obtener la opinión de las personas usuarias sobre la calidad de
prestación de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras
requeridas; para ello contará con los recursos y el apoyo técnico de las
unidades administrativas.
Informar a las personas
usuarias sobre los servicios que brinda la contraloría de servicios.
- Realizar las
investigaciones internas preliminares, de oficio o a petición de parte,
sobre las fallas en la prestación de los servicios, con el fin de
garantizar la eficiencia de las gestiones de la organización.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Planificación Institucional
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Marco Normativo
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Ley 5525 de Planificación
Nacional.
Ley de Administración Financiera
de la República y Presupuestos Públicos Ley No. 8131.
Ley General de Control
Interno 8292.
Ley Contra la Corrupción y
el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública No. 8422.
Leyes específicas de
presupuesto anuales.
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Objetivo
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Coordinar los procesos de
planificación institucional para lograr de manera efectiva, los fines
institucionales, congruente con las demandas nacionales, sectoriales e
intersectoriales, en beneficio del sector pesquero y acuícola.
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Funciones
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De conformidad con el
artículo 28 del Decreto Ejecutivo 37735-PLAN, las funciones son:
- Dirigir los procesos de
planificación institucional dentro de los lineamientos, metodologías y
procedimientos establecidos por el jerarca institucional y el Sistema
Nacional de Planificación.
- Colaborar con MIDEPLAN
como rector técnico del Sistema Nacional de Planificación, proporcionando
los insumos y requerimientos.
- Dirigir y coordinar los
procesos de seguimiento y evaluación del cumplimiento institucional de
las políticas y metas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y en
los instrumentos de planificación institucional, considerando otros
instrumentos de planificación nacional, sectorial y regional.
- Formular el Plan
Estratégico Institucional con sujeción a los lineamientos, metodologías y
procedimientos emitidos por MIDEPLAN.
- Formular el Programa
Institucional de Inversiones Públicas, verificando su concordancia con
las prioridades establecidas en el PND, en el PEI y con las políticas de
endeudamiento público, así como inscribir los proyectos de inversión
pública en el Banco de Proyectos de In- versión Pública de MIDEPLAN y
velar por el seguimiento de su ejecución.
- Proponer iniciativas de
evaluación que sirvan para analizar los efectos de las estrategias y de
las políticas que han sido implementadas e impulsar medidas de
mejoramiento continuo de la planificación institucional.
- Verificar el alineamiento
de los proyectos de cooperación internacional que se realicen en la
institución con las prioridades nacionales y velar por su inscripción en
el SIGECI.
- Proponer los diseños de
los procesos de organización institucional y dar seguimiento a las
reorganizaciones aprobadas por MIDEPLAN.
- Realizar análisis y
estudios sobre el comportamiento institucional para apoyar propuestas de
desarrollo de mediano y largo plazo.
- Coordinar con las
oficinas de la respectiva institución la transferencia de información al
Centro de Información de Planificación para el Desarrollo.
- Promover la
desconcentración y descentralización cuando previos estudios técnicos se
determine su conveniencia para mejorar la prestación de los servicios
públicos que brinda su institución.
- Velar por la
participación ciudadana en los procesos de planificación institucional.
- Apoyar en labores de
control interno y valoración de riesgos institucionales, en concordancia
con la planificación institucional y conforme a las directrices emitidas
por la Contraloría General de la República.
- Cooperar y coordinar
actividades con las Secretarías Sectoriales para una efectiva integración
del respectivo sector.
- Implementar procesos de
planificación, gestión, negociación, aprobación, coordinación,
seguimiento y evaluación de proyectos.
- Apoyar y coordinar el
proceso de supervisión a la ejecución de los proyectos en coordinación
con las instancias regionales.
- Apoyar el proceso de
seguimiento y evaluación realizado a través del monitoreo de la
estrategia a seguir en los beneficios, los avances y resultados
establecidos en la ejecución de los proyectos.
- Apoyar, asesorar a las
organizaciones pesqueras y acuícolas y funcionarios interinstitucionales,
sobre los proceso de formulación de proyectos y requisitos previos.
- Ejecutar y dar seguimiento a los Planes
Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente.
Cooperación Internacional
- Implementar en las instituciones los
mecanismos de identificación, análisis, seguimiento y evaluación de los
proyectos de cooperación internacional.
- Realizar la programación anual y
plurianual de la cooperación internacional, en los diferentes Niveles de
Planificación.
- Mantener información actualizada de todos
los proyectos de cooperación internacional, debidamente sistematizada.
- Coordinar y promover la negociación de
agendas, convenios y proyectos de cooperación internacional.
- Velar por la efectividad del uso de la
cooperación internacional.
- Promover una adecuada búsqueda de
mecanismos de financiamiento de cooperación no reembolsable. Promover una
adecuada gestión de búsqueda de mecanismos de financiamiento de proyectos
oportunos y viables.
- Proveer información suficiente y precisa
sobre los recursos asignados al país por la cooperación internacional y
facilitar la información de acceso público
- Cualquier otra que resulte comprendida
dentro de su competencia.
- Implementar los mecanismos de
identificación, análisis, seguimiento y evaluación de los proyectos de
cooperación internacional.
- Coordinar, asesorar y apoyar en los
procesos de identificación, jerarquización y formulación de los proyectos
de cooperación.
- Coordinar y efectuar las acciones
requeridas para la eficiente tramitación y ejecución de los proyectos de
cooperación, tanto para la institución como para el sector pesquero y acuícola.
- Coordinar y participar en la evaluación y
seguimiento de los proyectos de cooperación.
- Mantener información actualizada de todos
los proyectos de cooperación, debidamente sistematizada.
-
Promover la cooperación y coordinación internacional en todos los
asuntos relacionados con la pesca.
- Coordinar y promover la negociación de
agendas, convenios y proyectos de cooperación nacional e internacional.
- Promover una adecuada búsqueda de
mecanismos de financiamiento de cooperación reembolsable y no
reembolsable.
- Elaborar informes de seguimiento y
evaluación de la ejecución de los proyectos de cooperación internacional.
- Planificar, organizar, diseñar, negociar y
evaluar en coordinación con las diversas dependencias del INCOPESCA, con
otras Instituciones del Estado, Organizaciones Internacionales
Gubernamentales y No Gubernamentales, el sector privado, los programas,
proyectos, planes y estrategias relacionadas con la gestión de los
asuntos internacionales relativos a la pesca y la acuicultura, así como
de la cooperación técnica y financiera internacional reembolsable y no
reembolsable.
-Proponer a la Presidencia Ejecutiva y a la
Junta Directiva, lineamientos, orientaciones de políticas y estrategias
institucionales para el buen manejo la gestión de los asuntos
internacionales y de las políticas de cooperación internacional.
- Coordinar que la asignación de los
distintos tipos de recursos externos que se canalizan hacia la
institución, por medio de la cooperación técnica y financiera
internacional, sean utilizados de forma eficaz y eficiente.
-Servir de enlace y facilitar la tramitación
de programas, proyectos y acciones relacionados con los asuntos
internacionales y la Cooperación Internacional para lograr su ejecución,
integrando informes técnicos, acciones, y recomendaciones, ante las
diversas dependencias del INCOPESCA y entes públicos, privados y no
gubernamentales involucrados.
- Estudiar y recomendar los programas,
proyectos y acciones de los asuntos internacionales y la Cooperación
Internacional que se presenten a consideración de la Presidencia
Ejecutiva y la Junta Directiva.
-Promocionar y divulgar a lo interno de la
Institución las ofertas de Cooperación Internacional disponibles en el
ámbito internacional que contribuyan al desarrollo del sector pesquero y
acuícola.
- Proveer información suficiente y precisa
sobre los recursos asignados al país por la cooperación internacional y
facilitar la información que sea de acceso público.
- Elaborar informes de seguimiento y
evaluación de la ejecución de los proyectos de cooperación internacional.
- Ejecutar y dar seguimiento a los Planes
Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente.
- Otras funciones propias del área, que le
asigne el superior jerárquico o las autoridades superiores, de
conformidad con la normativa vigente.
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Asesoría Jurídica
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
creación INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de Pesca y
Acuicultura
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Objetivo
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Asesorar en materia jurídca a las autoridades superiores y
dependencias de la institución, responsable del resguardo y defensa de
los intereses institucionales, mediante las acciones pertinentes dentro
del ordenamiento jurídico vigente.
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Funciones
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- Asesorar en materia
jurídica a la Junta Directiva, Presidencia Ejecutiva, Direcciones y
Oficinas que conforman el Instituto.
– Analizar y emitir
criterio sobre, anteproyectos y proyectos de ley, decretos, resoluciones,
reglamentos, contratos, convenios, acuerdos y demás instrumentos legales
que provengan de las distintas direcciones y oficinas del INCOPESCA.
- Propiciar la formulación,
desarrollo e implementación de leyes, reglamentos y otros instrumentos
jurídicos.
- Representar judicial y
extrajudicialmente a la institución en los procesos y actuaciones que se
instauren en su contra o que esta deba promover., mediante poder o
delegación recibidos del Presidente Ejecutivo y supervisar el trámite de
los mismos.
- Atender las diligencias
solicitadas por las Fiscalías y Tribunales Jurisdiccionales y otras
autoridades civiles o de policía.
- Emitir de manera
oportuna, criterios legales relacionados a consultas formuladas por las
dependencias institucionales, sector pesquero y acuícola.
- Realizar los procesos de
inscripción de los bienes muebles e inmuebles de la Institución.
- Dirigir y coordinar las
actividades relacionadas con el proceso de cobro judicial a favor de la
institución.
- Elaborar actas notariales
que brinden fe pública de actividades relativas a la administración de la
Institución y del sector pesquero con respecto a los controles internos o
externos.
- Custodiar los
instrumentos jurídicos originales tales como convenios, contratos y
afines que se encuentren vigentes y en aplicación.
- Mantener actualizado y
sistematizado el registro de las normas y la jurisprudencia expedidas
sobre las materias de competencia del INCOPESCA.
- Velar por la divulgación
de la normativa relativa a la pesca y la acuicultura.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades superiores,
de conformidad con la normativa vigente.
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Dirección Administrativa Financiera
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Marco Normativo
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Ley N° 8131, Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
Ley N° 8292, Ley General de
Control Interno.
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Objetivo
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Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar
el proceso administrativo y financiero que requiere la Institución para
cumplir con sus obligaciones de manera efectiva y que permitan alcanzar
los objetivos institucionales en cumplimiento de la legislación vigente.
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Funciones
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- Planificar, organizar,
dirigir, controlar y evaluar, los procesos administrativos y financieros
que se realizan en las áreas funcionales que conforman la Dirección
Administrativa Financiera.
- Planificar y coordinar
con las otras Direcciones, la formulación y desarrollo de proyectos e
inversiones que debe llevar a cabo la institución para el cumplimiento de
sus objetivos.
- Coordinar, apoyar e
integrar las diferentes actividades y procedimientos administrativos y
financieros para que se realicen de manera efectiva cumpliendo la
normativa jurídica vigente.
- Promover con otras
dependencias institucionales mecanismos para simplificar, sistematizar y
automatizar los procedimientos propios de la gestión administrativa y
financiera institucional.
- Promover las acciones y
lineamientos necesarios para el cumplimiento y aplicación de las normas
de control interno.
- Velar por el uso correcto
los fondos públicos.
- Asesorar a las instancias
superiores sobre aspectos administrativos y financieros
- Velar por la correcta
aplicación de políticas archivísticas y asesorar técnicamente al personal
de la institución que labore en los archivos de gestión.
- Disponer de sistemas
archivísticos adecuados que permitan brindar a los usuarios un servicio
oportuno, eficaz, seguro, organizado, correcto y proteger los documentos,
la información y el conocimiento tramitados en la Institución
- Colaborar en la búsqueda
de soluciones para el buen funcionamiento del archivo central y de los
archivos de gestión de la entidad.
- Ejecutar las
disposiciones y lineamientos establecidos por el Archivo Nacional y
solicitar asesoramiento técnico cuando sea necesario.
- Dotar y dar seguimiento a los Planes
Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Región de Tabs
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Departamento
Financiero Contable
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Departamento
de Recursos Humanos
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Departamento
de Servicios Generales
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Departamento
de Proveeduría
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Marco Normativo
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Ley N°8131, Ley de
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
Ley N° 8292, Ley
General de Control Interno
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Objetivo
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Coordinar el correcto
ejercicio del proceso presupuestario de manera que la formulación,
ejecución y evaluación respondan a los planes nacionales, sectoriales
e institucionales, atendiendo las disposiciones legales y la normativa
establecidas por los órganos competentes.
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Funciones
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- Coordinar con la Dirección
Administrativa Financiera, las directrices internas relativas a esta
unidad.
- Planificar, controlar y evaluar la
ejecución de las labores presupuestarias.
- Coordinar y supervisar la
formulación de los anteproyectos de los presupuestos ordinarios y
extraordinarios de ingresos y egresos y someterlos a consideración de
las instancias correspondientes.
- Garantizar la eficiencia del
sistema de información presupuestario de los recursos financieros
internos y externos, mediante la formulación y puesta en práctica de
métodos, procedimientos y técnicas de registro de probada
efectividad.
- Verificar que el uso de los
recursos presupuestarios sea correcto y oportuno de conformidad con
las directrices, normas e instrucciones establecidas por el
Ministerio de Hacienda, la - Contraloría General de la República y
organismos internacionales.
- Cuantificar el aporte de cada
centro de ingresos presupuestarios, para efecto de evaluar la
generación interna en términos de servicios y recursos.
- Coordinar y preparar estudios
especiales derivados de solicitudes formuladas por instancias
superiores; así mismo, los estudios requeridos por los entes
externos, tales como Autoridad Presupuestaria, Contraloría General de
la República, SEPSA, MIDEPLAN y otros involucrados con el sector.
- Verificar y dar seguimiento a la
aplicación de las normas de control interno en los procedimientos
presupuestarios
- Asesorar a las instancias
superiores sobre aspectos presupuestarios de acuerdo con las
consultas que se realicen en estos campos.
- Preparar y remitir oportunamente
por los medios correspondientes, los diferentes informes de
ejecución, liquidación presupuestaria y flujos de caja, requeridos por
las autoridades institucionales, entes evaluadores y fiscalizadores.
- Preparar los estados
financieros según la normativa vigente; así como mantener en custodia
los documentos de respaldo para su elaboración.
- Garantizar la
efectividad del sistema de información contable mediante la
formulación y puesta en práctica de métodos, procedimientos y
técnicas de registro de probada efectividad.
- Cumplir con la
legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en
materia contable dictados por Contabilidad Nacional.
- Coordinar y preparar
estudios contables a solicitud de la auditoría e instancias
superiores.
- Supervisar y dar
seguimiento a la aplicación de los procedimientos contables en las
direcciones regionales, oficinas regionales y estaciones.
- Planear, dirigir y
ejecutar la actualización de los diferentes sistemas de información
necesarios para las actividades contables.
- Coordinar la
ejecución de las actividades de orden contable para garantizar la
correcta aplicación de la normativa y políticas establecidas.
- Verificar y dar
seguimiento a la aplicación de las normas de control interno en los
procedimientos contables, de manera que se determinen estándares de
calidad y productividad en los procesos
- Asesorar a las
instancias superiores sobre aspectos contables de acuerdo con las
consultas que se realicen en estos campos.
- Cumplir con la
legislación vigente y con las normas y procedimientos establecidos en
materia contable dictados por Contabilidad Nacional.
- Coordinar y preparar
estudios contables a solicitud de la auditoría e instancias
superiores
- Supervisar y dar
seguimiento a la aplicación de los procedimientos contables en las
direcciones regionales, oficinas regionales y estaciones.
- Planear, dirigir y
ejecutar la actualización de los diferentes sistemas de información
necesarios para las actividades contables.
- Coordinar la
ejecución de las actividades de orden contable para garantizar la
correcta aplicación de la normativa y políticas establecidas.
- Verificar y dar seguimiento
a la aplicación de las normas de control interno en los
procedimientos contables, de manera que se determinen estándares de
calidad y productividad en los procesos
- Asesorar a las
instancias superiores sobre aspectos contables de acuerdo con las consultas
que se realicen en estos campos.
- Coordinar con la
Dirección Administrativa Financiera, las directrices internas
relativas a la Tesorería.
- Innovar, planificar,
supervisar, controlar y evaluar la ejecución de las labores de
Tesorería en el nivel nacional.
- Coordinar y
supervisar los ingresos y egresos de las oficinas recaudadoras en el
nivel nacional y someterlos a consideración de las instancias
correspondientes.
- Verificar que el uso
de los fondos sea correcto y oportuno de conformidad con las
directrices, normas e instrucciones establecidas por el Ministerio de
Hacienda, la Contraloría General de la República y organismos
internacionales, cuando por ley corresponda.
- Cuantificar el aporte
de cada centro, para efecto de evaluar la generación interna en
términos de servicios y recursos.
- Programar los pagos
de manera efectiva, para atender las necesidades financieras
institucionales y la cancelación de deudas con terceros, así como las
transferencias derivadas de la aplicación de leyes específicas.
- Coordinar y preparar
estudios especiales derivados de solicitudes formuladas por la
Auditoría Interna y administración superior; así mismo, los estudios
requeridos por los entes externos y otros involucrados con el sector.
- Planear, dirigir y
ejecutar la actualización de los diferentes sistemas de información
necesarios para las actividades del departamento.
- Verificar y dar
seguimiento a la aplicación de las normas de control interno en los
procedimientos de tesorería de manera que se determinen estándares de
calidad y productividad en los procesos.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N° 8292, Ley
General de Control Interno
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Objetivo
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Promover la gestión del
talento humano orientado al desarrollo de los funcionarios de la
institución y al mejoramiento del servicio al usuario en cumplimiento
de las políticas institucionales.
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Funciones
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- Cumplir con las
disposiciones legales, normas y procedimientos establecidos en
materia de recursos humanos y política salarial.
- Promover el
mejoramiento, bienestar y desarrollo del personal del INCOPESCA.
- Velar por el fiel
cumplimiento de las normas establecidas de conformidad con el
Reglamento Autónomo de Organización y Servicios del INCOPESCA y
legislación vigente.
- Planificar y
coordinar, los procesos de reclutamiento, selección, clasificación y
valoración de puestos del personal, mediante el establecimiento y
ejecución de los procedimientos establecidos y vigentes.
- Realizar la
evaluación anual del desempeño acorde con las funciones de cada
dependencia.
- Elaborar
anualmente un programa de
capacitación de acuerdo con las necesidades institucionales.
- Coordinar con otras instituciones,
acuerdos de capacitación dentro y fuera del país para el personal de
la Institución.
- Coordinar las
diferentes comisiones laborales institucionales.
- Ejecutar
procedimiento disciplinario de acuerdo a lo que establece el
Reglamento Autónomo de Organización y Servicios del INCOPESCA en
coordinación con la asesoría legal institucional.
- Realizar estudios de
análisis ocupacional de puestos y la gestión de plazas ante las
instancias internas y externas correspondientes.
- Tramitar y dar
seguimiento a mantener vigente el pago de las cargas sociales y
póliza de riesgos laborales ante las entidades competentes.
- Elaborar informes,
estudios y cualquier otra actividad propia de recursos humanos que se
le asigne por parte del superior jerárquico o las autoridades
superiores.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Coordinar la Comisión
de Salud Ocupacional
- Desarrollar planes
para promover y conservar la salud de la persona trabajadora a fin de
proteger la salud ante los riesgos que resulten de las condiciones de
trabajo.
- Identificar y evaluar
cualquier tipo de riesgo que pudiere afectar el lugar de trabajo.
- Analizar los factores
que respectan al medio ambiente del trabajo y analizar si alguna
práctica que se realiza allí puede dañar la salud o el bienestar de
los trabajadores.
- Brindará
asesoramiento en lo que respecta a la salud, a la seguridad e
higiene, y a la ergonomía.
- Difundir información
necesaria para educar a los trabajadores en cuanto a la salud e
higiene.
- Controlará que se
garanticen las reglamentaciones relacionadas a la calidad y a la
higiene del lugar.
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N°9078, Ley de
Tránsito por vías públicas terrestres y seguridad vial
Ley N° 8292, Ley
General de Control Interno
Reglamento uso de
Terminal Pesquero AJDIP/119-2005 del 11/03/2005, LA GACETA N° 72 DEL 15/04/2005
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Objetivo
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Administrar, dirigir y
controlar todo lo relacionado con los medios de transporte, servicios
básicos, servicios contratados, servicios de peritaje y proyectos
constructivos que lleva a cabo la institución a nivel nacional.
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Funciones
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- Supervisar y
controlar el estado general de los vehículos y embarcaciones:
entradas y salida, uso correcto, asignación y programación, consumo
de combustible, estado mecánico y físico, reparaciones, inventarios,
accidentes, estado registral, seguros, inspecciones de los mismos,
entre otros.
- Realizar los avalúos
y preparar el informe correspondiente, de los vehículos ociosos,
deteriorados o en desuso.
- Gestionar la
suscripción y pago de los seguros de los vehículos, embarcaciones,
incendio, daño civil de la Institución, así como la exoneración y el
pago de los derechos de circulación.
- Gestionar
oportunamente el pago de los servicios básicos de la institución
(agua, electricidad, telecomunicaciones) y suscripción de nuevos
servicios, así como el monitoreo mensual del uso y consumo.
- Supervisar y
administrar los servicios de vigilancia, limpieza, recepción, y mantenimiento
de edificios a nivel nacional.
- Coordinar y
supervisar la construcción de los edificios de la institución.
- Participar en la
comisión para la valoración de los activos institucionales y preparar
el informe respectivo, con el fin de que Contabilidad realice los
ajustes correspondientes en los estados financieros.
- Coordinar la comisión
de destrucción de activos institucionales.
- Supervisar el manejo
adecuado del uso de la Terminal Pesquera.
- Llevar un registro de
firmas de los usuarios y de las personas autorizadas por éstos, para
firmar las facturas por los servicios prestados por INCOPESCA.
- Realizar mensualmente
conciliaciones de las cuentas por cobrar a los clientes y los
registros contables auxiliares de la Institución, lo anterior con el
fin de determinar y enmendar cualquier error u omisión que se haya
cometido en el procesamiento de la información.
- Llevar un registro de
firmas de los usuarios y de las personas autorizadas por éstos, para firmar
las facturas por los servicios prestados por INCOPESCA.
- Realizar mensualmente
conciliaciones de las cuentas por cobrar a los clientes y los
registros contables auxiliares de la Institución, lo anterior con el
fin de determinar y enmendar cualquier error u omisión que se haya
cometido en el procesamiento de la información.
- Comunicar a los
deudores sobre la existencia de la deuda por prestación de los
servicios y eventual suspensión de éstos.
- Mantener un control
actualizado de las deudas que poseen los usuarios de los servicios
ofrecidos y el respectivo cálculo de intereses correspondientes al
promedio de los últimos seis meses de la tasa básica pasiva calculada
por el Banco Central de Costa Rica.
- Ejecutar y dar seguimiento a los
Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y
presupuestos asignados al departamento correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley Nº 7494, Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento General
Ley N° 8131, Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos
Ley N° 8292, Ley
General de Control Interno.
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Objetivo
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Programar, organizar,
dirigir, coordinar y controlar las acciones de contratación
administrativa, manejo y disposición de bienes y servicios que
requieren las unidades programáticas de la Institución y que son
necesarias para el cumplimiento de sus funciones.
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Funciones
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- Planificar, organizar y ejecutar de
manera efectiva los requerimientos para los bienes y servicios de las
dependencias de la Institución. Organizar y supervisar lo relacionado
con la elaboración y ejecución del programa de adquisiciones,
revisión de especificaciones y elaboración de carteles para procesos
de licitación.
- Coordinar y ejecutar las
licitaciones públicas, abreviadas y directas de la Institución a
través del presupuesto respectivo y atender los procesos que de ellos
de deriven.
- Establecer mecanismos de
coordinación con las diferentes Direcciones de la Institución para
lograr una gestión efectiva de compras.
- Promover y dirigir los remates de
la Institución.
- Implementar manuales de
procedimientos de compras para orientar a las Direcciones de
Instituto.
- Emitir criterios técnicos para la
adjudicación por parte de la Presidencia Ejecutiva y Junta Directiva,
según el proceso de contratación correspondiente
- Elaborar informes, estudios y
cualquier otra actividad propia de la especialidad que se le asigne
por parte del superior jerárquico o las autoridades superiores.
- Dar seguimiento a las garantías de
participación y cumplimiento presentadas por los participantes en los
diversos procedimientos de contratación, y recomendar en el ámbito
interno lo pertinente en relación a su ejecución o devolución, según
corresponda.
- Proceder con la
recepción, almacenamiento y distribución de bienes que ingresen al
Almacén de Materiales.
- Ejercer control y
darle el debido seguimiento actualizado a través de un inventario de
los materiales adquiridos, según la reglamentación y manual de
procedimientos respectivo.
- Ejecutar y dar seguimiento a los
Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Dirección de Fomento Pesquero y Acuícola
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de Pesca y
Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°
37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
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Objetivo
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Planificar, coordinar,
supervisar y evaluar las acciones institucionales en materia de
proyección, fomento empresarial y mercado para el desarrollo de la pesca
y la acuicultura.
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Funciones
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- Formular y ejecutar
políticas, planes, proyectos, programas y lineamientos de ordenación
pesquera orientadas al aprovechamiento sostenible de los recursos
hidrobiológicos
- Coordinar la elaboración
y seguimiento de diagnósticos pesqueros y acuícolas que permitan conocer
la situación actual de estos sectores.
- Orientar el proceso de
desarrollo de las actividades de organización, asociatividad, fomento y
transferencia de tecnología en la pesca y la acuicultura
- Realizar la transferencia
de tecnología para la pesca y acuicultura.
- Promover la organización
de los pescadores y acuicultores, con enfoque de ordenamiento y
desarrollo sostenible de la pesca y la acuicultura.
- Implementar procesos de
inocuidad de productos pesqueros y acuícolas, para el cumplimiento de las
normativas nacionales, regionales e internacionales
- Coordinar la adquisición
y producción de semilla de las diferentes especies, para el fomento y
desarrollo de la acuicultura.
- Promover la ejecución de
iniciativas productivas para desarrollo de la pesca y acuicultura.
- Promover y apoyar la
transferencia de tecnología, actualización de métodos, prácticas y
conceptos generales para el desarrollo y fomento de la actividad pesquera
y acuícola.
- Coordinar con
instituciones públicas o privadas y con organizaciones nacionales o
internacionales, el fomento de la pesca y la acuicultura.
- Representar a la
institución en foros nacionales e internacionales en las áreas
relacionadas con el fomento de las actividades pesqueras y acuícolas.
- Supervisar y evaluar
programas, proyectos productivos y acciones estratégicas orientadas a
fomentar el desarrollo empresarial.
- Identificar oportunidades
de mercado para los productos pesqueros y acuícolas.
- Fomentar la pesca y la
acuicultura como actividades de desarrollo para el país.
- Fomentar entre los productores
el uso de artes de pesca selectivos y ambientalmente seguros para
conservar y mantener la disponibilidad de recursos pesqueros y acuícolas.
- Desarrollar programas
para fomentar la inversión nacional y extranjera para intensificar la
comercialización y competitividad de los productos pesqueros y acuícolas-
Fomentar la igualdad de oportunidades de la mujer y jóvenes en las
actividades relacionadas con la pesca y acuicultura. - Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento correspondiente
- Coordinar con las otras
Direcciones del Instituto el apoyo requerido para el cumplimiento de sus
acciones, establecidas en los planes Institucionales y la legislación
vigente.
- Supervisar y evaluar los
programas, proyectos productivos y acciones estratégicas orientadas a
fomentar el desarrollo empresarial y potenciar oportunidades de mercado
para los productos pesqueros y acuícolas.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Región de Tabs
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Extensión Pesquera y Acuícola
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Promoción de Mercados
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Fomento Acuícola
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Gestión Ambiental
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Marco Normativo
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Ley N°7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N°8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°37587-MAG,
Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
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Objetivo
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Establecer programas
que promuevan actividades de extensión y capacitación para propiciar
el fortalecimiento de las organizaciones y el manejo ecosistémico de
los recursos pesqueros y acuícolas.
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Funciones
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- Realizar diagnósticos para conocer
las necesidades socio – productivas de los actores involucrados en
las actividades pesqueras y acuícolas.
- Desarrollar programas de gestión y
capacitación que responda al fortalecimiento organizativo,
empresarial y tecnológico de los pescadores, acuicultores.
- Coordinar con instituciones
públicas, privadas, organizaciones no gubernamentales u organismos
internacionales, el apoyo para la implementación y difusión del
Programa de Gestión y Capacitación.
- Coordinar apoyo con otras
instituciones gubernamentales y no gubernamentales, actividades de
capacitación, transferencia tecnológica y proyectos requeridos por
los pescadores y acuicultores o sus organizaciones.
- Mantener actualizado el registro de
las organizaciones pesqueras y acuícolas del país en coordinación con
el Departamento de Regiones
- Promover el
establecimiento de Áreas Marinas de Pesca Responsable, así como el
seguimiento del Plan de Ordenamiento Pesquero.
- Coordinar con
Instituciones públicas y privadas acciones que conlleven a la planificación de procesos de
capacitación y asesoramiento en materia de pesca y acuicultura.
- Promover del desarrollo sostenible de los recursos pesqueros
y acuícolas en el país.
- Coordinar con otras dependencias e instituciones, la
capacitación sobre normas sanitarias y la conducta responsable para
pescadores y acuicultores.
- Fomentar el
desarrollo territorial y de los pobladores de las comunidades
pesqueras y acuícolas, por medio de la gobernanza participativa.
- Apoyar a los grupos
organizados de pescadores de zonas costeras del país, en el
establecimiento de áreas con características biológicas, pesqueras o
socioculturales importantes.
- Coordinar actividades
de capacitación y fortalecimiento organizacional de las comunidades
vinculadas con Áreas Marinas
para la Pesca Responsable y sus respectivos Plan de Ordenamiento
Pesquero.
- Coordinar con otras
institucionales, el desarrollo de la ordenación y regulación de la
pesca que se realiza, en consenso con los pescadores.
- Participar en las
Comisiones de Seguimiento o similares de las Áreas Marinas de Pesca
Responsable.
- Dar seguimiento a los
ejes temáticos y regulaciones establecidas en los Planes de
Ordenamiento Pesquero de las Áreas Merinas de Pesca Responsable.
- Brindar informes
periódicos a las instancias superiores y entes externos, sobre los
avances en la implementación de las Áreas Marinas para la Pesca
Responsable.
- Apoyar con
información actualizada de las organizaciones pesqueras y acuícolas a
las Instituciones gubernamentales encargadas de atender emergencias
provocadas por desastres naturales o de otra índole.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras
funciones propias del área, que le asigne el superior jerárquico o
las autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N°7384, Ley de Creación
del INCOPESCA
Ley N°8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo
N°37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la
Acuicultura.
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Objetivo
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Establecer acciones
estratégicas que permitan el acceso a información para la ejecución de
programas o proyectos productivos orientados al posicionamiento,
promoción y consumo de los productos pesqueros y acuícolas en el
mercado nacional e internacional.
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Funciones
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- Promover encadenamientos
productivos, promoción de mercados, valor agregado, denominación de
origen y trazabilidad de los productos de la actividad pesquera y
acuícola
- Apoyar y dar
seguimiento a proyectos productivos para las pequeñas y medianas
empresas. - Asesorar a los pescadores y acuicultores y a sus
organizaciones en la identificación y formulación y ejecución de
proyectos productivos.
- Proponer nuevos
modelos empresariales que generen mayor valor agregado en la cadena
productiva.
- Promover el
mejoramiento de los canales de comercialización a través de la
creación de mercados o centros de acopio regionales de productos
hidrobiológicos.
- Apoyar y asesorar a
los comercializadores y productores pesqueros y acuícolas para que
cumplan con los estándares normativos ambientales y sanitarios.
- Gestionar
participativamente estudios y propuestas de proyectos de inversión
pesquera para ser desarrollados con la participación de
organizaciones sociales y empresariales.
- Desarrollar un
Programa Nacional de Monitoreo de Mercados.
- Promover la creación
de un Programa Permanente de Promoción del Producto Pesquero y
Acuícola en los mercados locales e internacionales.
- Desarrollar eventos
nacionales e internacionales para fomentar el consumo de pescados y
mariscos.
- Realizar monitoreos
periódicos sobre el consumo de productos pequeros y acuícolas.
- Apoyar los programas
de trazabilidad para los productos de la pesca y la acuicultura,
tendientes a mejorar la confianza del consumidor.
- Impulsar campañas de información
al consumidor acerca de especies y
características de los productos pesqueros y acuícolas
- Diseñar y promover
propuestas para establecer sellos de calidad, a lo largo de la cadena
productiva de pesca.
- Determinar que los
estándares normativos ambientales y sanitarios se encuentran
homologados con las exigencias del mercado internacional.
- Establecer políticas
de calidad e inocuidad de los productos de la pesca y la acuicultura.
- Divulgar material
impreso, digital y audiovisual a la población nacional sobre
promoción y calidad de los productos pesqueros y acuícolas.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N°7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N°8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°37587-MAG,
Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
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Objetivo
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Fomentar técnica y
científicamente las actividades de manejo de la acuicultura
continental y marina nacional, a fin de promover el crecimiento socioeconómico
de ese sector productivo con equidad y fomentado el desarrollo
sostenible de la actividad.
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Funciones
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- Supervisar el
cumplimiento efectivo del área estructura acuícola del Plan Nacional
de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
- Dar seguimiento y
evaluar planes, programas, proyectos y estrategias de desarrollo de
la maricultura y acuicultura continental.
- Coordinar en el
ámbito interinstitucional y con las organizaciones del sector
acuícola, la discusión, construcción y el cumplimiento de los
procesos de ordenamiento acuícola.
- Elaborar
recomendaciones e informes sobre el cumplimiento de la normativa
acuícola, sus tendencias y remitirlo a las autoridades involucradas
en el control, monitoreo y seguimiento de la actividad.
- Promover el
establecimiento y aplicación de metodologías de trabajo y control
para el mejor cumplimiento de los objetivos y responsabilidades de
las dependencias del área acuícola.
- Coordinar el Plan
Estratégico de la Acuicultura en Costa Rica.
- Coordinar y promover
acciones de fortalecimiento de los centros acuícolas.
- Desarrollar un
programa de monitoreo de los impactos sobre los ecosistemas de los
proyectos de acuicultura marina y continental.
- Realizar acciones
coordinadoras con las Instituciones del Sector Agropecuario y afines,
para la verificación y evaluación de la tecnología relativa a la
normativa ambiental, de sanidad y bioseguridad de los cultivos
acuícolas.
- Brindar criterio
técnico sobre tecnologías de la producción acuícola.
- Realizar acciones de coordinación
y dirección con los centros acuícolas, la empresa privada e
instituciones del sector, para la producción y suministro de semilla
de calidad de especies acuícolas de agua dulce y marinas para los
productores nacionales.
- Aplicar la
legislación vigente que regula y minimiza la contaminación de los
recursos acuícolas.
- Elaborar y presentar
a la Presidencia Ejecutiva programas de manejo y cultivo para el
aprovechamiento sostenible de los recursos Acuícolas.
- Colaborar con la organización
de seminarios, conferencias, congresos y demás actividades
relacionadas con el desarrollo de la acuicultura.
- Colaborar con la
promoción y celebración de acuerdos y convenios, así como mantener
las relaciones con los organismos internacionales, nacionales y
regionales.
- Desarrollar y
promover acuerdos y convenios, en coordinación con –la Unidad de
Cooperación Internacional.
- Colaborar con las
actividades de producción y transferencia de tecnología que se
desarrollen.
- Ejecutar y dar seguimiento a los Planes
Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Estaciones de fomento Acuícola (Diamantes y Santa
María de Dota)
Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N° 37587-MAG,
Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
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Objetivo
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Fomentar el desarrollo
de la acuicultura, por medio de la investigación, asistencia técnica
y transferencia de nuevas tecnologías, que permitan mejorar la productividad
y competitividad acuícola continental y marina del país, bajo
principios de enfoque ecosistémico.
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Funciones
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- Establecer mecanismos
y herramientas de monitoreo y control para cuantificar los impactos
que pueda producir la acuicultura.
- Desarrollar en
coordinación con la Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuícola
- Elaborar propuestas
sobre el manejo y ordenamiento del recurso acuícola.
- Transferir
conocimientos sobre paquetes tecnológicos, tomando en consideración
la sostenibilidad ambiental y socioeconómica, y las posibilidades de
reconversión de pescadores a maricultores, para el desarrollo de
proyectos productivos.
- Brindar asistencia
técnica acuicultura a nivel nacional.
- Promover las acciones
pertinentes para que haya un adecuado suministro de semilla de las
diferentes especies de cultivo para los productores nacionales.
- Propiciar el
mejoramiento de las técnicas de reproducción artificial y natural en
especies de cultivo de agua dulce y marina.
- Coordinar con el
sector académico y privado la investigación para el desarrollo
proyectos productivos viables para la acuicultura, en la región
correspondiente.
- Apoyar a otras
instancias institucionales, al sector productivo y sus organizaciones
con información científica y tecnológica confiable.
- Emitir criterio
técnico sobre autorizaciones para la introducción de organismos
acuáticos, recomendaciones sobre el manejo genético, así como sobre
medidas de control en general para la protección de los recursos
hidrobiológicos.
- Redactar y revisar
informes, reglamentos, instructivos y otros instrumentos técnicos y
documentos similares que surgen como consecuencia de las labores que
realiza.
- Establecer
coordinación con las regionales, para la atención de proyectos y
otras actividades relacionadas con la actividad acuícola.
- Incentivar el
desarrollo de sistemas productivos que aseguren prácticas
responsables y sostenibles de acuicultura.
-
Elaborar materiales de información técnica para la divulgación
de información que demanda el sector acuícola
- Fomentar la divulgación de las
Buenas Prácticas para la Acuicultura Responsable para la conservación
de los ecosistemas y los recursos acuícolas
Ejecutar y dar seguimiento a los
Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y
presupuestos asignados al departamento correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
|
Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°
37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
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Objetivo
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Promover acciones de sostenibilidad
del sector pesquero costarricense para asegurar el desarrollo y
aprovechamiento equilibrado de los recursos hidrobiológicos, así como
para prevenir el impacto ambiental de las operaciones y servicios
institucionales, cumpliendo para ello, con la legislación ambiental
vigente.
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Funciones
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- Realizar
coordinaciones con instituciones para la formulación y ejecución de
planes de gestión ambiental.
- Definir las políticas
de protección del ambiente y conservación de los recursos en las
actividades pesqueras y acuícolas.
- Promover la
sensibilización de las comunidades pesqueras y acuícolas, con el fin
de apoyar la gestión ambiental en el desarrollo de sus actividades.
- Promover prácticas de
producción limpia o de prevención de la contaminación, conducentes a
mejorar la calidad ambiental en los procesos de aprovechamiento de
los recursos pesqueros y acuícolas.
- Evaluar los efectos
ambientales producidos por las actividades pesqueras y acuícolas.
- Supervisar la
correcta aplicación de programas institucionales y nacionales que
analicen el impacto ambiental en las actividades pesqueras y
acuícolas.
- Disminuir la
generación de residuos, implantando programas de segregación en
origen, favoreciendo con ello el reciclaje, la reutilización o la
adecuada eliminación
- Analizar y proponer
mejoras en el desarrollo de las actividades y servicios pesqueros que
puedan tener incidencia en el medioambiente.
- Coordinar los
estudios de valoración del daño ambiental ante denuncias interpuestas
por entes externos, para determinar posibles infracciones a la Ley de
Pesca y Acuicultura.
- Cooperar activamente
con las instituciones que tienen competencia directa en materia
medioambiental, en el ámbito de manejo de los recursos pesqueros y
acuícolas.
Realizar giras de campo
a nivel nacional, para el seguimiento de los programas de adecuación
y manejo ambiental en comunidades pesqueras.
- Cooperar activamente
con las instituciones que tienen competencia directa en materia
medioambiental, relacionadas con las actividades pesqueros y
acuícolas.
- Coordinar e informar sobre el
accionar de la Comisión de Gestión Ambiental Institucional y
determinar el cumplimiento de las acciones establecidas en el
Plan de Gestión Ambiental Institucional.
- Proporcionar al personal
de la institución una adecuada capacitación, que respalden la
política y objetivos medioambientales de la institución
- Representar a la
institución en actividades y programas interinstitucionales e
internacionales, relacionados con cambio climático.
- Desarrollar programas de formación de capacidades para la
mitigación del cambio climático.
- Proponer medidas de adaptación que contribuyan a reducir la
vulnerabilidad del sector pesquero y acuícola, producto de los
efectos del cambio climático.
- Establecer estrategias para compartir los datos e
información sobre los impactos del cambio climático en pesca y
acuicultura.
- Coordinar la evaluación de las pérdidas económicas del
sector pesquero y acuícola, ante desastres producto del cambio
climático.
- Integrar
consideraciones de tipo ambiental en los procesos de planificación
estratégica
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuícola
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Marco Normativo
|
Ley N°7384, Ley de Creación
del INCOPESCA
Ley N°8436, Ley de Pesca y
Acuicultura
Decreto Ejecutivo
N°37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
|
Objetivo
|
Planificar, coordinar, supervisar y
evaluar las medidas de ordenamiento y de protección, tendientes a la
sostenibilidad a largo plazo de los recursos hidrobiológicos, hasta
niveles que promuevan la sustentabilidad sobre la base de fundamentación
técnica-científica.
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Funciones
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- Formular y ejecutar políticas, planes,
proyectos, programas y lineamientos de ordenación pesquera orientadas al
aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos.
- Proponer e implementar normas,
programas, planes y estrategias para la ordenación y el aprovechamiento
sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas.
- Recomendar medidas para la protección y
el aprovechamiento sostenible a largo plazo de los recursos
hidrobiológicos. - Recomendar estrategias y acciones específicas de
ordenación o desarrollo para las diferentes pesquerías a nivel nacional.
- Coadyuvar en la administración de los
recursos marino-costeros y de aguas continentales.
- Elaborar, ejecutar, dirigir, supervisar
y evaluar, de manera integral, los programas de manejo de los recursos
pesqueros y acuícolas.
- Coordinar las acciones en materia de
política y gestión pesquera en el marco de la Política Regional
Centroamericana y de la Política Nacional del Mar.
- Coadyuvar en el ejercicio a la autoridad atunera nacional, a
nivel técnico.
- Representar a la institución en foros
nacionales e internacionales.
- Coordinar al más alto nivel las
acciones de pesca tanto con instituciones públicas o privadas y con
organizaciones nacionales o internacionales.
- Supervisar los programas que establezca
el INCOPESCA en atención al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo
de la Pesca y la Acuicultura.
- Brindar criterio técnico y científico,
a la Junta Directiva y Presidencia Ejecutiva sobre los permisos,
licencias y autorizaciones, relativos a la pesca, acuicultura y manejo
marino-costero.
- Coadyuvar, con otras Instituciones la
ejecución de programas de protección, restauración y recuperación de los
recursos acuáticos y ecosistemas marino-costeros, amenazados o en peligro
de extinción. - Monitorear la implementación de las normas de ordenación
establecidas para las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera.
- Promover la participación coordinada
del sector pesquero y acuícola, como aliados estratégicos en la
ordenación y el desarrollo de la zona marino-costera y aguas
continentales.
- Promover el establecimiento de acuerdos
y convenios que repercutan en beneficio del desarrollo y el
aprovechamiento sostenible de los recursos Pesqueros y Acuícolas.
- Proponer la creación de zonas
especiales de manejo marino-costero, en aquellas áreas geográficas
marino-costeras en donde se requiera un manejo integral de los recursos
Pesqueros y Acuícolas.
- Asesorar en materia de pesca y
acuicultura a las autoridades del INCOPESCA y otros entes gubernamentales
y no gubernamentales.
- Aplicar la legislación vigente que
regula y minimiza la contaminación de los recursos marítimos y acuícolas.
- Ejecutar y dar seguimiento a los Planes
Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos
asignados al departamento correspondiente.
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Región de Tabs
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Registro
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Fiscalización
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Investigación
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Información Pesquera y Acuícola
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Oficinas Regionales
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°
37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
Decreto Ejecutivo
N°36782-MINAET-MAG-MOPT-TUR-SP-S-MTSS, Reglamento a la Ley de Pesca y
Acuicultura
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Objetivo
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Planificar, coordinar,
ejecutar y supervisar, de manera transversal a las
direcciones regionales, las acciones para el otorgamiento de
licencias, permisos y autorizaciones que se confieren a personas
físicas o jurídicas que realizan actividades pesqueras y acuícolas y
comprobar el cumplimiento de las normas, lineamientos, directrices y
procedimientos que las regulan.
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Funciones
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– Regular y ajustar los
mecanismos necesarios para la verificación del otorgamiento de las
diferentes licencias, autorizaciones y permisos que se otorgan en
cumplimiento a la legislación y otras disposiciones vigentes.
- Verificar los
requisitos correspondientes para el otorgamiento de licencias,
permisos e incentivos para la actividad pesquera y acuícola de la
región.
- Tramitar las
recomendaciones para el otorgamiento de combustible a precio
competitivo para la flota pesquera comercial y turística nacional no
deportiva.
- Supervisar y
fiscalizar la distribución del combustible por parte de las organizaciones
y su uso por parte de los pescadores
- Llevar el registro de
los pescadores, transportistas, puestos de recibo, plantas
procesadoras, pescaderías, exportadores, importadores, de la región
correspondiente.
Recolectar y procesar los
datos primarios de desembarques de la flota pesquera de la región
respectiva.
- Coordinar con el
Departamento de Extensión y Capacitación la atención de necesidades
de capacitación para los pescadores y acuicultores de la región.
- Apoyar y promover las
iniciativas para la generación de proyectos productivos y
estratégicos relacionados con las actividades pesqueras y acuícolas.
- Apoyar y dar
seguimiento a la constitución y consolidación de las organizaciones
de pescadores y acuicultores.
- Realizar acciones
coordinadoras y de apoyo a la gestión de comisiones nacionales y
regionales en temas relacionados con la pesca y la acuicultura.
- Establecer los
procedimientos y mecanismos de control y gestión aplicables para el
otorgamiento y seguimiento a los servicios brindados al sector.
- Coordinar con el
Departamento de Fiscalización, la ejecución de operativos de control
relacionados con el trasiego, almacenamiento y uso del combustible a
precio competitivo.
- Resolver en el marco
de la Ley los incidentes que se presenten en contra de las
resoluciones administrativas.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente.
- Otras funciones propias del área, que
le asigne el superior jerárquico o las autoridades superiores, de
conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N° 37587-MAG,
Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
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Objetivo
|
Planificar, coordinar,
ejecutar y supervisar, de manera transversal a las
direcciones regionales, las acciones de verificación y control de
las actividades de extracción, procesamiento y comercialización
pesquera, a fin de comprobar el cumplimiento de las normas,
lineamientos, directrices y procedimientos que las regulan.
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Funciones
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- Coordinar y ejecutar
a nivel nacional la realización de
inspecciones a embarcaciones, muelles, puestos de recibo,
vehículos de transporte, pescaderías, plantas de procesamiento, zonas
pesqueras y comunidades costeras, para verificar el cumplimiento en
el uso de las licencias y permisos de pesca, las dimensiones y autorizaciones de las
embarcaciones y sus motores, las especies, tallas y cuotas de captura, el uso de artes de pesca, sus dimensiones
y materiales y demás regulaciones para la actividad pesquera,
establecidas en las leyes y reglamentos.
- Fiscalizar y
autorizar el desembarque y comercialización de productos pesqueros de
acuerdo con la normativa vigente.
- Fiscalizar y
autorizar en muelles, plantas de procesamiento de productos
pesqueros, autorizados, para exportación.
- Verificar las tallas
de comercialización autorizadas por la Institución para las
diferentes especies pesqueras.
- Coordinar con el
Departamento de Registro la actualización de los listados de registro
de los muelles, puestos de recibo, plantas de procesamiento,
pescaderías.
- Realizar las
inspecciones y demás diligencias tendientes a procurar el buen uso
del combustible que se otorga a la flota pesquera comercial nacional
y turística.
Coordinar con las
autoridades competentes la ejecución de patrullajes en las aguas
interiores, la plataforma continental y las aguas jurisdiccionales
costarricenses para la protección de los recursos pesqueros.
- Elevar las denuncias,
ante la administración superior y los tribunales competentes, por
inobservancia a la normativa pesquera y ambiental que se deriven de
las inspecciones y patrullajes.
- Monitorear las
embarcaciones mediante el sistema de control satelital que permita
generar información oportuna y adecuada.
- Implementar
permanentemente las tecnologías de monitoreo satelital para la flota
pesquera nacional y su coordinación con las diferentes Instituciones
a las que esta actividad les sea útil.
- Realizar
investigaciones referentes al efecto del ordenamiento espacial marino
como polígonos de pesca de atún, áreas marinas de manejo, áreas
marinas de pesca responsable, vedas,
comportamiento de las flotas pesqueras, esfuerzo pesquero,
capturas, entre otras las exigen gran rigurosidad científica en la
metodología.
- Asistir a personal de
mayor nivel de la Dirección General Técnica en la formulación y
ejecución de políticas, planes y normas propios de su campo de
actividad, con el fin de implementar mejoras o resolver problemas
diversos.
- Apoyar el transporte
marítimo o terrestre a solicitud de la Dirección y Administración
superior.
- Coordinar operativos de control y vigilancia con otras
entidades como el Servicio Nacional de Guardacostas (SNG), la
policía, o la Fiscalía.
- Coordinar con las autoridades portuarias para el desarrollo e
implementación de controles en cumplimiento de Acuerdo de Medidas de
Estado Rector de Puertos (MERP) para el combate de la pesca ilegal no
documentada y no reglamentada.
- Ejecutar y dar seguimiento a los Planes Nacionales,
Sectoriales, Regionales e Institucionales y presupuestos asignados al
departamento correspondiente
- Otras funciones propias del área, que le asigne el superior
jerárquico o las autoridades superiores, de conformidad con la
normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°
37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
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Objetivo
|
Sustentar técnica y científicamente las
decisiones de manejo, ordenación, desarrollo y conservación de las
pesquerías, así como el desarrollo de nuevas alternativas
tecnológicas productivas.
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Funciones
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- Establecer y ejecutar
un programa de recolección, procesamiento y análisis de datos, para
la evaluación de los recursos Pesqueros y Acuícolas.
- Desarrollar
investigación orientada a la reducción del descarte, la pesca
incidental, restauración de los hábitats de especies de interés
comercial, prevención y control de la contaminación, monitoreo y
manejo de los efectos de marea roja y la adaptación al cambio
climático.
- Elaborar y
desarrollar los modelos de evaluación pesquera para orientar el
desarrollo y ordenamiento.
- Fomentar, coordinar
y/o ejecutar la investigación
para la elaboración de los planes de ordenación Pesquera y
Acuícola. .
- Coordinar con los
sectores de la Pesca y la Acuicultura, centros académicos y de
investigación para planificación y ejecución de investigaciones, y transferencia de tecnología.
- Proponer programas de
manejo y cultivo para el aprovechamiento sostenible de los recursos
Pesqueros y Acuícolas, de acuerdo con los resultados de las
investigaciones y de los estudios realizados.
- Identificar y
establecer los mecanismos para el mejoramiento del conocimiento científico
y tecnológico del personal involucrado en las actividades de la
administración de los recursos Pesqueros y Acuícolas.
– Realizar
investigaciones con base a lo
establecido en los Planes de Ordenamiento Pesquero de las Áreas
Marinas de Pesca Responsable.
- Realizar los
muestreos biológicos productos de decomisos por pesca ilegal para la Valoración Ambiental.
- Coordinar el
desarrollo de un programa de investigación sobre la pesquería del
atún.
- Analizar la
información generada por la implementación del programa nacional de
observadores abordo en las embarcaciones pesqueras de especies
altamente migratorias.
- Coordinar la
implementación de técnicas apropiadas de liberación de tortugas
marinas y otras especies marinas no objetivos de pesca.
- Realizar análisis de
los viajes de pesca efectuados por las embarcaciones que cuenten con
dispositivos de seguimiento satelital o balizas.
- Generar información
para el cumplimiento de disposiciones y requerimiento de datos de las
diferentes resoluciones emitidas por las Organizaciones Nacionales e
Internacionales.
- Aportar insumos para
la promoción de un desarrollo sostenible y coordinado de la pesca y
la acuicultura, en el marco del proceso de integración
centroamericana.
- Coordinar la
ejecución del Plan de Acción Nacional para la Conservación y
Ordenación de Tiburones de Costa Rica (PANT-CR).
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N°7384, Ley de
Creación del INCOPESCA
Ley N°8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo
N°37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
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Objetivo
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Generar y analizar la
información estadística nacional pesquera y acuícola, de manera
oportuna y confiable, para la toma de decisiones relacionada con la
actividad pesquera y acuícola del país.
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Funciones
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- Diseñar e implementar
sistemas y procedimientos para la recolección, procesamiento y
digitación de las estadísticas pesqueras y acuícolas nacionales.
- Preparar, analizar e
interpretar informes focalizados con las actividades pesqueras y
acuícolas.
- Mantener actualizadas
las bases de datos de las estadísticas nacionales pesqueras y
acuícolas para disponer de información confiable respecto al comportamiento
y tendencia de la producción pesquera y acuícola.
- Proporcionar
información estadística de producción pesquera y acuícola a todas las
instancias de la Institución y usuarios externos.
- Coordinar con las
instancias de la estructura formal del Incopesca, la recopilación y
procesamiento de información estadística pesquera de las actividades
desarrolladas en cada región del país.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente.
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Marco Normativo
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Ley N° 7384, Ley de Creación
del INCOPESCA
Ley N° 8436, Ley de
Pesca y Acuicultura
Decreto Ejecutivo N°
37587-MAG, Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura
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Objetivo
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Planificar, coordinar,
supervisar y evaluar los procesos de desarrollo de la actividad pesquera
y acuícola a nivel regional, para el manejo, comercialización y
promoción de la productividad y competitividad, para el
aprovechamiento sostenible de la actividad.
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Funciones
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- Planificar y desarrollar
la gestión de las actividades técnicas biológicas y administrativas
que se desarrollan en la región correspondiente.
- Proponer a la Junta
Directiva y Presidencia Ejecutiva, normas, planes y programas de
trabajo que se ejecutará en la región.
- Elaborar los planes
regionales de corto y mediano plazo de ordenamiento pesquero y
acuícola - Implementación de
los Planes de Ordenamiento Pesquero
de en las Áreas Marinas de Pesca Responsable.
- Brindar a las
comunidades pesqueras información relativa a lineamientos, políticas,
acuerdos vinculados con las actividades pesqueras y acuícolas.
- Coordinar con cooperación nacional e
internacional la formulación de convenios de atinentes con las
actividades pesqueras y acuícolas de las regiones.
- Tramitar licencias y
permisos de pesca de la flota pesquera nacional o extranjera que
desembarca en la región correspondiente, así como de las actividades
conexas.
- Tramitar las
recomendaciones para la exoneración de combustible a precio preferencial
para la flota pesquera comercial y turística nacional que opera en la
región respectiva y para la exoneración de tributos de la flota
pesquera que opera en la misma región.
- Verificar los
requisitos correspondientes para el otorgamiento de licencias,
permisos e incentivos para la actividad pesquera y acuícola de la
región.
- Llevar el registro de
los pescadores, acuicultores, transportistas, plantas procesadoras,
pescaderías, exportadores, exportaciones, importaciones y de la
producción acuícola de la región correspondiente.
- Recolectar y procesar
datos primarios de desembarques de la flota pesquera de la región
respectiva y coordinar con el Departamento de Información
Estadística, la consolidación de datos.
- Realizar las
coordinaciones necesarias con el Departamento de Extensión, para
atender las necesidades de capacitación de los pescadores de la
región.
- Coordinar con
Planificación Institucional y Cooperación Internacional la promoción
de iniciativas para la generación de proyectos productivos.
- Coordinar con el
Departamento de Extensión, el seguimiento a la constitución y
consolidación de las organizaciones de pescadores de la región.
Realizar acciones
coordinadoras y de apoyo a la gestión de comisiones nacionales y
regionales en temas relacionados con la pesca y la acuicultura.
- Implementar
programas, proyectos regionales, de conformidad con lo establecido en
el Plan Nacional de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura.
- Aplicar la normativa
para el aprovechamiento racional de los recursos pesqueros y
acuícolas que tiendan a lograr la protección de las especies marinas
y acuícolas.
- Rendir informes de
gestión a las instancias superiores.
- Coordinar acciones
administrativas propias que se derivan de la gestión sustantiva.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e
Institucionales y presupuestos asignados al departamento
correspondiente
- Otras funciones
propias del área, que le asigne el superior jerárquico o las
autoridades superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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Tecnologías de Información y Comunicaciones
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Marco Normativo
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Ley N° 8292, Ley General de
Control Interno
Normas técnicas
para la gestión y el control de las tecnologías de información, Nro. N-2-2007-CO-DFOE.
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Objetivo
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Planificar, coordinar,
implementar y evaluar las actividades tendientes al desarrollo de las
tecnologías de información y de comunicación, requeridas para el
cumplimiento de los planes y objetivos institucionales.
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Funciones
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- Implementar normas, políticas y
lineamientos en materia de tecnologías de información y comunicación para
la regulación de su uso y desarrollo
- Prestar servicios institucionales en
materia de Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) y facilitar
el desarrollo de sus procesos estratégicos.
- Mantener y actualizar la plataforma
tecnológica institucional para facilitar los servicios de TICs de toda la
institución.
- Integrar los sistemas institucionales
con el fin de asegurar la confiabilidad de la información.
- Diseñar sistemas de captura de datos de
la información que se generan en las dependencias de atención directa al
usuario externo.
- Gestionar los mecanismos
operativos que permitan ofrecer el mantenimiento preventivo y correctivo
a los equipos de cómputo institución.
- Velar por el buen funcionamiento de la red informática
institucional y la página Web, y por el acceso y uso adecuado y
responsable de los sistemas remotos.
Estandarizar y gestionar la aplicación de los procedimientos que competen
al centro de cómputo al nivel nacional.
- Dotar a la Institución, de acuerdo con su Plan Estratégico, de
una infraestructura tecnológica y un modelo organizativo que contribuya
al mejoramiento continuo
- Capacitar a los usuarios en el uso de los servicios informáticos
y de comunicaciones.
- Asesorar profesionalmente a la administración en los procesos de
adquisición de software (con licencia y libre) y hardware y participar
activamente en los procesos de compra.
- Velar porque la institución se inserte
de manera efectiva al Gobierno Digital.
- Desarrollar cualquier otra actividad
propia de la especialidad que se le asigne por parte de las autoridades
superiores.
- Ejecutar y dar
seguimiento a los Planes Nacionales, Sectoriales, Regionales e Institucionales
y presupuestos asignados al departamento correspondiente
- Otras funciones propias
del área, que le asigne el superior jerárquico o las autoridades
superiores, de conformidad con la normativa vigente.
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